T. Constitucional confirma sanción a Canal 13 por vulnerar derechos de 2 niños: validó fallo del CNTV | TV y Espectáculo

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El Tribunal Constitucional ratificó la sanción impuesta a Canal 13 por vulnerar los derechos de dos menores al mostrar sus identidades durante un procedimiento policial en el programa matinal Tú Día en 2023. El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) había multado a la empresa con 42 UTM. Canal 13 apeló ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que detuvo la sanción. Sin embargo, el Tribunal Constitucional rechazó el recurso de inaplicabilidad presentado por el canal. La ley establece con claridad las conductas sancionables y los criterios para imponer multas, según la sentencia.

El Tribunal Constitucional confirmó la sanción del CNTV contra Canal 13 por haber vulnerado los derechos de dos menores de edad, al mostrar sus identidades mientras reporteaban un procedimiento policial. Aquel hecho ocurrió en 2023, siendo mostrado en el matinal Tú Día.

De acuerdo a The Clinic, en ese entonces el Consejo Nacional de Televisión había determinado una multa de 42 UTM en contra de la empresa televisiva.

Tras aquello, el canal interpuso un recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, para frenar la sanción económica. Aquello fue aceptado por el tribunal.

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Finalmente, recurrieron al Tribunal Constitucional, por medio de un requerimiento de inaplicabilidad, para tratar de revocar esto último.

Lo cierto es que esto fue desestimado con votos de los ministros Daniela Marzi, Nancy Yáñez, María Pía Silva, Raúl Mera, Catalina Lagos, Héctor Mery y Alejandra Precht.

Confirmaron sanción del CNTV contra Canal 13

Por otro, los ministros que votaron en contra fueron Miguel Ángel Fernández y Marcela Peredo.

“El tribunal consideró que la ley establece con suficiente precisión las conductas sancionables y los criterios para determinar las multas, permitiendo una colaboración reglamentaria acotada por parte del CNTV”, se detalló en el Diario Constitucional.

Por otro lado, la sentencia indicaba: “El propio artículo 33 de la Ley N°18.838 dispone: ‘Las infracciones a las normas de la presente ley y a las que el Consejo dicte en uso de las facultades que se le conceden, serán sancionadas, según la gravedad de la infracción»”.

Por otro lado, definieron que las 42 UTM es el mínimo sancionatorio para concesionarias nacionales. Asegurando que las multas pueden llegara 1000 UTM.

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